SUCESIONES

Enfoque en tranquilidad y orden

Protegemos el legado de tu familia.

Entendemos que transitar una sucesión es un momento
delicado. Nos encargamos de toda la gestión legal para que la
transmisión de bienes sea ágil, ordenada y sin conflictos innecesarios.

✓ Declaratoria de herederos,

✓ Inscripciones

✓ Partición de bienes

✓ Sucesiones ab-intestato o testamentarias

DOCUMENTACION NECESARIA

1. Partida de Defunción: Original (y actualizada si es posible) del
causante.
2. Acreditación de Vínculos:
o Partidas de nacimiento de los hijos.
o Partida de matrimonio (si el fallecido estaba casado).
3. Documentación de Bienes:
o Inmuebles: Títulos de propiedad (Escrituras) y boletas de
impuestos (como el ABL o Inmobiliario) para conocer la
nomenclatura catastral.
o Muebles Registrables: Cédula verde y título de automotores,
embarcaciones o maquinaria.

4. DNI de los Herederos: Copias de los documentos de identidad de todos
los que inician la acción.

Documentación Complementaria solo si aplica a tu caso:

  • Testamento: En caso de que exista una sucesión testamentaria (debe
    ser el original).
  • Cuentas Bancarias / Inversiones: Resúmenes o datos de las
    entidades para solicitar los oficios correspondientes.
  • Créditos/Deudas: Documentación que acredite deudas del causante o
    créditos a su favor.

PREGUNTAS FRECUENTES:

1. ¿Cuánto tiempo demora una sucesión?
Respuesta: El plazo depende de la complejidad del patrimonio y la cantidad de herederos. En procesos sin conflictos (ab-intestato) y con documentación completa, la Declaratoria de Herederos puede obtenerse en pocos meses. La etapa de inscripción de bienes varía según los registros correspondientes.
2. ¿Qué pasa si no tengo todos los títulos de propiedad?
Respuesta: No es un impedimento para iniciar. Como profesionales, podemos gestionar pedidos de informes a los Registros de la Propiedad para obtener copias de dominio o constancias de bienes de los cuales no se tenga la documentación física al momento.
3. ¿Es necesario que todos los herederos estén de acuerdo para iniciar?
Respuesta: No. Cualquier heredero puede iniciar el proceso sucesorio. Lo ideal es el consenso para agilizar tiempos y costos, pero ante la falta de acuerdo, la ley prevé mecanismos para avanzar y proteger los derechos de cada parte.
4. ¿Se pueden vender los bienes antes de que termine la sucesión?
Respuesta: Sí, mediante la figura del Tracto Abreviado. Una vez obtenida la Declaratoria de Herederos y cumplidos los requisitos impositivos, se puede realizar la venta directamente por escritura pública, ahorrando pasos registrales intermedios.